contabilidad
Nuevo autónomo: ¿cuándo pagará impuestos por primera vez?
Un recorrido mes a mes por el primer trimestre de un nuevo autónomo: RETA, IVA, retención del IRPF del 7 %, Modelo 130 y el primer pago fiscal en abril.
Imaginemos a una persona que acaba de darse de alta como autónomo. La llamaremos Sasha: es universal y evita debates fiscales de género 😅
Sasha:
— se dio de alta como autónomo el 1 de enero de 2026;
— presta servicios de consultoría;
— emite facturas por 4.000 € al mes sin IVA;
— gasta unos 500 € al mes en su actividad;
— en enero compró un portátil de trabajo por 2.400 € sin IVA;
— solicitó la cuota reducida, la cotización social bonificada para nuevos autónomos.
En nuestro ejemplo no hay otros ingresos, hijos, hipoteca ni deducciones adicionales.
Cotización social reducida
📌 En 2026, la cotización social reducida asciende a 88,64 € al mes:
— 80 € — cuota reducida básica;
— 8,64 € — MEI (cotización al Mecanismo de Equidad Intergeneracional).
Sí, incluso los 80 € bonificados consiguieron convertirse en 88,64 € en España. Bienvenido a la vida adulta del autónomo 😅
Qué ocurre en enero
Sasha emite su primera factura a una empresa española:
4.000 € — precio del servicio;
- 840 € — IVA del 21 %;
− 280 € — IRPF (impuesto sobre la renta) del 7 %;
= el cliente transfiere 4.560 € a Sasha.
Y aquí aparece la pregunta principal:
¿Por qué el cliente retiene el 7 % y adónde van los 280 €?
No desaparecen.
Si un autónomo presta servicios profesionales a una empresa española o a otro autónomo español, el cliente normalmente debe retener una parte del IRPF (impuesto sobre la renta) directamente en la factura.
Sasha indica en la factura:
IRPF 7 %: −280 €
Después, el cliente:
— paga a Sasha 280 € menos;
— ingresa directamente esos 280 € en la Agencia Tributaria;
— informa de que el dinero se ha pagado en nombre de Sasha.
Es como si el cliente dijera:
«Aquí tienen 280 € del impuesto sobre la renta de nuestro profesional. Los hemos descontado de su factura y se los entregamos enseguida, antes de que se los gaste todos en café y vida junto al mar» 😅
Esos 280 € no se pierden. Se computan para Sasha como un pago a cuenta del impuesto sobre la renta ya realizado.
En la declaración anual de la Renta, la Agencia Tributaria calculará el IRPF definitivo y descontará todas las cantidades que los clientes ya hayan ingresado por Sasha.
📌 Un nuevo autónomo que desarrolla una actividad profesional normalmente puede aplicar el tipo del 7 %:
— en el año de inicio de la actividad;
— durante los dos años siguientes.
Después, la retención estándar suele ser del 15 %.
Pero el 7 % no es el tipo definitivo del impuesto ni un descuento fiscal. Es solo un pago a cuenta.
¿Y si el cliente no retiene nada?
Ocurre, por ejemplo, cuando el cliente es un particular que no desarrolla una actividad empresarial.
En ese caso, la factura queda así:
4.000 € — precio del servicio;
- 840 € — IVA;
= el cliente transfiere 4.840 € a Sasha.
Nadie descuenta IRPF de la factura.
Por eso Sasha debe calcular e ingresar personalmente los pagos fraccionados del impuesto sobre la renta mediante el Modelo 130.
Si el cliente está fuera de España, las reglas del IVA pueden ser distintas. Para simplificar, en este artículo utilizamos un ejemplo con clientes españoles.
Cuánto dinero pertenece realmente a Sasha
Aunque lleguen 4.560 € o 4.840 € a la cuenta bancaria, eso no significa que se pueda gastar todo.
👉 4.000 € son los ingresos de Sasha.
👉 840 € son IVA que debe conservarse hasta la declaración trimestral.
👉 Los 280 € de IRPF ya los ha ingresado el cliente en la Agencia Tributaria o Sasha tendrá que pagar personalmente el anticipo fiscal.
La primera regla para un nuevo autónomo:
Conviene transferir el IVA inmediatamente a una cuenta separada.
Ese dinero solo se ha detenido temporalmente en tu cuenta mientras va de camino a Hacienda. No hace falta alimentarlo, entretenerlo ni comprar un iPhone nuevo con él 🤪
Qué paga Sasha durante los tres primeros meses
Enero
— recibe el primer pago;
— reserva el IVA;
— paga los gastos de trabajo;
— paga 88,64 € de RETA (cotización social del autónomo).
Febrero
— vuelve a emitir una factura;
— vuelve a reservar el IVA;
— vuelve a pagar 88,64 € de RETA.
Marzo
— cierra el primer trimestre;
— reúne todas las facturas de ingresos y gastos;
— paga otros 88,64 € de RETA.
En enero, febrero y marzo no hay un pago trimestral separado.
Durante los tres primeros meses, Sasha principalmente trabaja y reserva dinero.
El primer saludo fiscal de verdad llega en abril 👋
Qué hay que pagar en abril
De nuevo hay dos escenarios posibles.
Escenario n.º 1: los clientes retienen el 7 % de IRPF
Si al menos el 70 % de los ingresos profesionales de Sasha ya está sometido a retención del IRPF, normalmente no es necesario presentar el Modelo 130.
Los clientes ya ingresan los pagos a cuenta en su nombre.
Pero el Modelo 303 de IVA sigue siendo obligatorio si Sasha debe repercutir IVA español.
Escenario n.º 2: los clientes no retienen nada
Entonces Sasha presenta personalmente el Modelo 130, el cálculo trimestral del pago fraccionado del IRPF.
Durante los tres primeros meses:
12.000 € — ingresos;
− 1.500 € — gastos corrientes de la actividad;
− 265,92 € — RETA (cotizaciones sociales del autónomo);
− 156 € — amortización del portátil;
= 10.078,08 € de beneficio antes del 5 % adicional.
En estimación directa simplificada se aplica además un 5 % de gastos de difícil justificación:
10.078,08 € × 5 % = 503,90 €.
Obtenemos:
10.078,08 € − 503,90 € = 9.574,18 € de beneficio calculado.
Pago a cuenta del IRPF:
9.574,18 € × 20 % = 1.914,84 €.
Este será el primer pago personal mediante el Modelo 130.
El plazo normalmente termina el 20 de abril.
Cuánto IVA hay que pagar
Supongamos que todos los clientes están en España y que los servicios llevan un IVA del 21 %.
Durante el primer trimestre Sasha cobró a sus clientes:
840 € × 3 meses = 2.520 € de IVA.
Pero de esta cantidad puede deducirse el IVA de los gastos de la actividad.
Supongamos:
— 315 € — IVA de los gastos mensuales;
— 504 € — IVA de la compra del portátil.
Obtenemos:
2.520 €
− 315 €
− 504 €
= 1.701 € a pagar mediante el Modelo 303.
El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA.
Total del primer pago de abril
Si los clientes no retuvieron IRPF:
— Modelo 130 — unos 1.914,84 € de pago a cuenta del impuesto sobre la renta;
— Modelo 303 — unos 1.701 € de IVA.
La cantidad total a pagar es:
aproximadamente 3.615,84 €.
Solo da miedo si Sasha decidió de antemano que todo el IVA era suyo y ya presentó ese dinero a Amazon, Booking y al bar del paseo marítimo 😅
Cuándo serán los siguientes pagos
📅 Hasta el 20 de julio — cálculo del segundo trimestre.
📅 Hasta el 20 de octubre — cálculo del tercer trimestre.
📅 Hasta el 30 de enero del año siguiente — cálculo del cuarto trimestre.
En primavera o verano del año siguiente, Sasha presentará la declaración anual de la Renta.
Será entonces cuando la Agencia Tributaria calcule definitivamente el IRPF teniendo en cuenta:
— el beneficio anual real;
— los gastos profesionales;
— las cotizaciones sociales;
— la amortización del equipo;
— la reducción por inicio de una nueva actividad;
— el mínimo personal y familiar;
— los pagos a cuenta ya realizados;
— las cantidades que los clientes retuvieron en las facturas.
💡 Por tanto, el primer impuesto no aparece el día del alta como autónomo.
Pero hay que reservar dinero para él desde la primera factura.
Hacienda sabe esperar. Y luego recuerda de forma completamente inesperada que durante todo ese tiempo te estaba esperando precisamente a ti 😅
¿Por qué el cliente retiene el 7 % y el autónomo paga el 20 %?
A primera vista parece extraño:
— el cliente solo retiene el 7 %;
— si el cliente no retiene nada, el autónomo paga personalmente el 20 %.
Parece que con un cliente español el impuesto es casi tres veces menor. Pero no: la magia fiscal no es tan generosa 😅
Ni el 7 % ni el 20 % son tipos impositivos definitivos.
Ambas cantidades son únicamente pagos a cuenta del IRPF. El impuesto definitivo se calcula después, en la declaración anual de la Renta.
La diferencia está en quién ingresa el anticipo y sobre qué importe se calcula.
El 7 % se retiene de los ingresos
Si un nuevo autónomo presta servicios profesionales a una empresa española o a otro negocio español, el cliente puede estar obligado a retener el IRPF directamente en la factura.
Por ejemplo, Sasha emite una factura:
4.000 € — precio del servicio;
- 840 € — IVA;
− 280 € — IRPF del 7 %;
= el cliente transfiere 4.560 € a Sasha.
El cliente no se queda con esos 280 €.
Los ingresa directamente en Hacienda en nombre de Sasha. Para Sasha, esa cantidad cuenta como un pago a cuenta del impuesto sobre la renta ya realizado.
Durante tres meses el cliente ingresará:
12.000 € × 7 % = 840 € de pagos a cuenta del IRPF.
Importante: el 7 % se calcula sobre todos los ingresos sin IVA. El cliente no conoce ni tiene en cuenta los gastos de Sasha al practicar la retención.
El tipo del 7 % está previsto para el inicio de una actividad profesional: normalmente puede utilizarse durante el año del alta y los dos años siguientes. Después, la retención estándar suele ser del 15 %.
Esto permite, entre otras cosas, que el nuevo profesional conserve más liquidez durante los primeros años.
Pero el 7 % no es un tipo final bonificado. En la declaración anual puede surgir una cantidad adicional a pagar.
El autónomo calcula el 20 % sobre el beneficio
Si los clientes no retienen IRPF, el autónomo normalmente presenta personalmente el Modelo 130, el cálculo trimestral del pago fraccionado del impuesto sobre la renta.
En este caso, el 20 % no se calcula sobre todos los ingresos, sino sobre el beneficio:
ingresos − gastos justificados − cotizaciones sociales − amortización − otros gastos admisibles.
En nuestro ejemplo del primer trimestre:
12.000 € — ingresos;
− 1.500 € — gastos corrientes;
− 265,92 € — RETA (cotizaciones sociales del autónomo);
− 156 € — amortización del portátil;
− 503,90 € — 5 % de gastos de difícil justificación;
= 9.574,18 € de beneficio calculado.
Pago fraccionado trimestral:
9.574,18 € × 20 % = 1.914,84 €.
Por tanto:
— la retención del 7 % se calcula sobre los ingresos;
— el 20 % del Modelo 130 se calcula sobre el beneficio después de gastos.
Son dos mecanismos distintos para calcular el mismo tipo de pago a cuenta del IRPF.
¿Y si algunos clientes retienen el 7 % y otros no?
Las cantidades ya retenidas no desaparecen ni se pagan dos veces.
Por ejemplo:
— el pago calculado del Modelo 130 es de 1.914,84 €;
— los clientes ya retuvieron e ingresaron 420 €;
— queda por pagar personalmente aproximadamente 1.494,84 €.
Es decir, las cantidades ya retenidas por los clientes se descuentan del pago trimestral calculado.
La Agencia Tributaria no cobra dos veces el mismo anticipo. Al menos oficialmente 😅
Cuándo no es necesario el Modelo 130
Si al menos el 70 % de los ingresos profesionales ya ha estado sometido a retención del IRPF, el profesional normalmente no tiene que presentar el Modelo 130.
Para un nuevo autónomo, este porcentaje se comprueba con los ingresos del trimestre correspondiente.
Por ejemplo, si todos los ingresos proceden de una empresa española y todas las facturas llevan una retención del 7 %, el cliente ya ingresa regularmente pagos a cuenta en la Agencia Tributaria. Por eso normalmente no es necesario un pago trimestral separado mediante el Modelo 130.
Pero esto no convierte el 7 % en el impuesto definitivo.
📅 En primavera o verano del año siguiente, Sasha presentará la declaración anual de la Renta.
La Agencia Tributaria calculará el IRPF definitivo según la escala progresiva y tendrá en cuenta:
— el beneficio anual;
— los gastos y la amortización;
— las cotizaciones sociales;
— la reducción por inicio de una nueva actividad;
— el mínimo personal y familiar;
— la comunidad autónoma de residencia;
— otros ingresos;
— todas las retenciones de los clientes;
— todos los pagos personales mediante el Modelo 130.
Después pueden darse tres resultados:
— los anticipos fueron inferiores al impuesto definitivo: hay que pagar la diferencia;
— los anticipos fueron superiores: la Agencia Tributaria devuelve la diferencia;
— las cantidades son aproximadamente iguales: nadie debe nada a nadie, y eso es casi una fiesta 🎉
En resumen:
💡 7 % — el cliente lo retiene de tus ingresos y lo ingresa por ti.
💡 20 % — tú lo calculas sobre el beneficio mediante el Modelo 130.
💡 El IRPF definitivo solo se determina en la declaración anual.
Con ingresos de 4.000 € al mes, una retención del 7 % a menudo no cubre todo el impuesto final. Por eso, aunque el cliente ya retenga IRPF, conviene reservar además una parte del beneficio para una posible cantidad a pagar en la declaración anual de la Renta.
Información general; comprueba tu caso con fuentes oficiales o un profesional.
