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Agosto de 2026: lo que un autónomo debe saber ahora

Nuevos plazos de VERI*FACTU, aclaraciones de la AEAT, más de 531.000 autónomos extranjeros y una alerta de fraude de la Seguridad Social.

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Agosto no ha traído una nueva declaración o un impuesto general que afecte de repente a todos los autónomos de España. Sí ha dejado varias novedades que conviene convertir en acciones concretas.

En breve:

  • los autónomos tienen más tiempo para adaptar sus programas de facturación;
  • la AEAT ha actualizado sus aclaraciones sobre VERI*FACTU;
  • el número de autónomos extranjeros supera los 531.000;
  • la Seguridad Social ha alertado sobre mensajes SMS fraudulentos;
  • el tercer trimestre ya está en marcha y conviene revisar julio y agosto antes de octubre.

VERI*FACTU: el plazo para autónomos termina el 1 de julio de 2027

La principal novedad para quienes emiten facturas con un programa o servicio online es la ampliación del periodo de adaptación.

Los autónomos y demás contribuyentes que no presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán utilizar sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2027. Las entidades que sí presentan dicho impuesto tienen como límite el 1 de enero de 2027.

Hasta entonces continúa el periodo de transición. Se puede probar VERI*FACTU y, cuando corresponda, utilizar otros sistemas antes de la fecha obligatoria.

No significa que convenga esperar hasta 2027. Pregunta ya a tu proveedor si su producto cumplirá el RRSIF, si ofrecerá VERI*FACTU, si las facturas incorporarán el código QR exigido y si el sistema conservará un historial íntegro sin eliminaciones o cambios invisibles.

La Agencia Tributaria confirma las nuevas fechas.

Qué es VERI*FACTU

VERI*FACTU es una de las modalidades previstas para cumplir las nuevas exigencias de los sistemas informáticos de facturación. En esta modalidad, el programa remite automáticamente los registros de las facturas a la AEAT.

Un sistema puede funcionar sin remitirlos automáticamente, pero entonces debe garantizar su integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Esto exige controles adicionales como un registro de eventos, firma electrónica, encadenamiento de registros y capacidad de exportación.

Para un negocio pequeño, VERI*FACTU puede resultar más sencillo porque la remisión reduce parte de la carga técnica de seguridad y conservación.

¿Hay que comunicar VERI*FACTU mediante el Modelo 036?

No. La AEAT indica que no es necesario comunicar por separado en el Modelo 036 el inicio del uso de VERI*FACTU.

El Modelo 036 es la declaración censal que se utiliza para dar de alta, modificar o cesar una actividad y configurar sus obligaciones fiscales. Cambiar la modalidad del programa de facturación no exige por sí mismo modificar este modelo.

La remisión de registros tampoco elimina la obligación de mantener el Libro Registro de Facturas Expedidas. Las declaraciones informativas, como el Modelo 349 para determinadas operaciones de la UE, tampoco desaparecen automáticamente.

La AEAT desarrolla estas cuestiones en sus preguntas frecuentes actualizadas.

Más de 531.000 autónomos extranjeros

Según la Seguridad Social, el número de autónomos extranjeros ha superado las 531.000 personas, con un crecimiento interanual del 9,2%.

Es un colectivo que debe entender al mismo tiempo la fiscalidad española, las cotizaciones sociales, los clientes internacionales, las facturas en varios idiomas y las reglas para operaciones dentro y fuera de la Unión Europea.

Los datos fueron publicados por la Seguridad Social.

Alerta por SMS fraudulentos

El 12 de agosto, la Seguridad Social alertó sobre mensajes fraudulentos que suplantan a la TGSS, la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los mensajes pueden pedir una actualización de datos, la confirmación de un pago o el acceso a una página parecida a la oficial. Para un autónomo resultan creíbles porque la Seguridad Social cobra realmente la cuota mensual del RETA.

No abras enlaces inesperados ni introduzcas Cl@ve, certificados o datos bancarios. Accede por tu cuenta a la web oficial o a Importass y comprueba las notificaciones. Las advertencias se publican en el área oficial de ciberalertas.

Qué revisar antes de terminar agosto

  1. Reunir las facturas de gastos de julio y agosto.
  2. Comprobar la numeración de las facturas emitidas.
  3. Separar clientes de España, la UE y otros países.
  4. Revisar el IVA y las retenciones de IRPF.
  5. Conciliar los cobros bancarios con las facturas.
  6. Separar gastos corrientes y activos sujetos a amortización.
  7. Comprobar la cuota RETA en Importass.
  8. Consultar al proveedor su plan para RRSIF y VERI*FACTU.
  9. Actualizar la reserva fiscal del tercer trimestre.

Agosto de 2026 no es el mes de un nuevo gran impuesto. Es un mes de preparación. El siguiente cierre trimestral llegará en octubre, y ordenar ahora la documentación es mucho más sencillo que reconstruir dos meses de actividad al final del plazo.

Información general; comprueba tu caso con fuentes oficiales o un profesional.